Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en Guasdualito, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 188, 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, así como la competencia asignada a este Juzgado en el artículo 177, Parágrafo Primero, literal "j" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento en Divorcio, presentado por los Sandra Patricia Uribe Gutiérrez y Roiman Francisco Flores Díaz, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-25.798.865 y V-16.155.081 respectivamente,