DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la presente acción de DESALOJO DE INMUEBLE incoado por el ciudadano RAFIE ASSAD MACHALANI DIRAN, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.805.462, en contra del ciudadano HECTOR AYOS GARCÉS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.775.001. Segundo: En consecuencia, el ciudadano HECTOR AYOS GARCÉS deberá desalojar y entregar al ciudadano RAFIE ASSAD MACHALANI DIRAN el inmueble ubicado en la Avenida Puente María Nieves de esta ciudad de San Fernando de Apure, local donde funciona el establecimiento ¿Delicias y Asadero ANDY¿, comprendido dentro de los siguientes linder.....