Por todos los razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la presente ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana LEDYS MARÍA FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.060.123, con domicilio en la calle Girardot, casa N° 78, jurisdicción del Municipio San Fernando del Estado Apure, debidamente asistida por los Abogados WISTON ORTEGA y ROSA BERMEJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.726.840 y V-20.722.465, respectivamente, e inscritos ante el Inpreabogado bajo los Nº 144.834 y 244.550, contra los ciudadanos JONHNY JOSÉ PÉREZ FRANCO, YAHANA JOSEFINA PÉREZ FRANCO y MARÍA VERÓNICA PÉREZ FRANCO, todos venezolanos, mayores .....