Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior En Lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo Y Agrario De La Circunscripción Judicial De La Región Sur, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento efectuado por la ciudadana ARMANDA ARTEAGA HERNÉNDEZ en su carácter de Procuradora General del Estado Apure, y los demandantes ciudadanos NIDIA CASTRO, BELKIS CORONA, LUIS MENDOZA, RAFAEL LAYA, JOSE RAMIREZ, MARIA JUAREZ, SULENMA ZAPATA, GUSTAVO CORTEZ, CARMEN GALLARDO, RAMON GRATEROL Y JOSE PEÑA, venezolanos, mayores de edad, cédula de identidad Nº V-10.621.931, 14.219.670, 11.238.467, 11.758.999, 11.236.847, 13.256.880, 12.324.165, 12.584.527, 11.239.340, 9.871.736, 10.016.561, respectivamente, representado por el abogado EUGENIO JOSE CRISOSTOMI, Inpreabogado, Nº 15.958. Como consecuencia de la anterior declaratoria y de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento C.....