Es por lo que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Primero: Darle entrada y proseguir con el curso de ley correspondiente a la presente causa penal, recibida en este Tribunal en fecha 29/02/2012, instruida en contra del ciudadano LUIS GERARO SORIANO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-16.333.889, por el delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio de Flor de María Flores de Ramírez, y se le asignó el Nº 1E565/12. Segundo: Se ordena la acumulación de las causas: La causa 1E565/12 a la causa 1E460/09, seguida en contra del ciudadano LUIS GERARDO SORIANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.333.889, por la comisión del delito de PORTE ILÍCI.....