DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de Revisión y Aumento de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana YOMIRKA CELESTINA BORREGO, debidamente asistida por el Defensor Público Décimo Primero, en su condición de madre y representante legal de los HNOS. MONCADA BORREGO, EDUARDO JOSE y JOSE VICTOR.-
SEGUNDO: Se AUMENTA con carácter DEFINITIVO como obligación Alimentaria a la suma de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 140.000,oo), mensuales a partir del presente mes de Julio del año en curso, suma esta equivalente al 34,8% del Salario mínimo Urbano, que el ciudadano JOSE GREGORIO MONCADA HERRERA, venezolano, mayor de edad, Técnico en Electrónica, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.224.135 y de este domicilio, debe cumplir a favor de sus hijos HNOS. MONCADA BORREGO, EDUARDO JOSE y JOSE VICTOR la cual deberá ser aumentada automáticamente en un 40% anual sobre el monto de la Obligación Alimentaria, mas aportes extras en el mes de Septiembre por la suma de .....