Es por todo lo antes expuesto que, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía Duodécima del Ministerio Público, en contra del imputado JOSÉ RAMÓN CASTILLO, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.158.812, de 60 años de edad, nacido en fecha 24-04-1949, natural de San Fernando de Apure, Estado apure, de profesión u oficio Técnico Dental, de estado civil soltero, hijo de María Candida Rondón y Jorge Anaís, residenciado en la carrera General Salóm, frente al IPASME, Guadualito, Estado apure, teléfono 0416-5715773, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libr.....