en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta de Autorización expedida por la Alcaldía del Municipio Autónomo de San Fernando del estado Apure, en fecha veintisiete de julio (27) de Julio del año dos mil veintitrés (2023); dicho terreno consta de CIENTO DIECISÉIS METROS CON DOS CENTÍMETROS CUADRADOS (116,02 M2), ubicado en el Barrio Rómulo Gallegos, calle Principal, casa S/N de la parroquia San Fernando, Municipio San Fernando, Estado Apure, dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: Casa de la Familia Córdoba, en diez Metros con Cinco Centímetros, más Cuatro Metros con Cinco Centímetros, (10,05+4,05Mts); SUR: Casa de la Familia Guaricapo, en quince Metros Con cuarenta Centímetros (15,40Mts); ESTE: Casa de la Familia Campo, Nueve Metros Con Setenta y Siete Centímetros (.....