Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada de conformidad con el del artículo 588 ordinal 3 del Código del Procedimiento Civil, por el Abogado ROBERT ALBERTO MORENO JUAREZ sobre los bienes inmuebles propiedad de la parte intimada SOCIEDAD SAFI INTERNACIONAL, C.A., representada por su Presidente ABDO SAFI o Vice-Presidente MARIBEL AMAIR DE SAFI, plenamente identificados en los autos: 1.-) Terreno ubicado en la Avenida España (510 Mts2), inscrito en la Oficina Subalterna de Registro del Municipio San Fernando del Estado Apure, bajo el N° 43, folios 254 al 258, protocolo primero, tomo primero, segundo trimestre, de fecha 20-04-1.999, 2.-) Terreno ubicado en la.....