Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, cesando de inmediato todas las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de libertad dictadas en contra de los imputados: GAVIDIA VAY JOSÉ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.488.989, residenciado en Totumito, Municipio Autónomo Páez, Estado Apure, ARRAIGA FLORES JOSÉ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.196.049, residenciado en la calle principal, del barrio Las Camelias, Guasdualito, Estado Apure; OBANDO JAIMES DANIEL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.569.996, residenciado en el Fundo El Porvenir, Sector Orichuna, vía la Embajada, Municipio Autónomo Páez del Estado Apure, y BRAVO FRANKLIN ALEXANDER, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.791.605, incursos en la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GENÉRICAS EN RIÑA TUMULTUARIA., previsto y sancionado en e.....