este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 en concordancia 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), Mensuales, y Bono de fin de año de la cantidad de MIL BOLIVARES (BS.1000,OO) en el mes de Diciembre de cada año, los gastos de Ropa, Calzado Medicinas, Uniformes y Útiles escolares, serán compartidos por cada progenitor en un 50 % para cada uno, cuando se requiera, a partir del 16-05-2011, por Obligación de Manutención, que el ciudadano: MIGUEL EMILIO DIAZ SOLORZANO, debe cumplir a favor de sus hijos,.
CUARTO: Las partes en el presente Juicio son la ciudadana: FERNAN.....