DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la presente acción de DESALOJO DE INMUEBLE incoada por la ciudadana ANNAMARIA LEONE RUSSO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.868.966 y de este domicilio, actuando con el carácter de propietaria de la firma personal INMOBILIARIA ANNAMARIA, registrada por ante el Registro Mercantil del Estado Apure, bajo el N° 76, Tomo 23-B de fecha 8 de Abril de 2003, en contra del ciudadano FREDDY HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.155.093 y de este domicilio. Y así se decide. Se condena en costas a la parte demandante por haber sido vencido totalmente, de conformidad con el artículo 27.....