DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Procedente en derecho el convenimiento en la demanda, intentada por el ciudadano ROSO VITERVO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.999.417, asistido del abogado CARLOS GOMEZ MARVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.142.138, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 96.912 mediante la cual demanda a los ciudadanos MARIA CRUZ RANGEL, OLGA L. RANGEL, ROSA I. RANGEL, DILIA DEL C. RANGEL, LUIS M. CEDEÑO R., DILIA J. CEDEÑO R., CARMEN M. CEDEÑO R. y YARITZA J. CEDEÑO R., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.583.068, 8.194.288, 9.598.584, 12.900.157, 10.619.405, 12.323.508, 13.526.912 y 16.511.006 respecti.....