Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga la formula alternativa del cumplimiento de pena, Destacamento de Trabajo al penado: LUIS ALBERTO SOLORZANO, venezolano, titular de Cédula de Identidad personal N°-V- 21.316.335, nacido el 28-12-1983, de 22 años de edad, soltero, residenciado en la Urbanización Los Centauros, calle principal, casa S/N°. detrás de los Silos de esta ciudad de San Fernando de Apure, de conformidad a las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 66, 67 de la Ley de Régimen Penitenciario, y 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
Igualmente se impone al penado ciudadano LUIS ALBERTO SOLORZANO, las siguientes condiciones:
1.- Cumplir con el desempeño de ayudante de albañilería en la Urbanización Santa Rufina, casa N°. 75 de.....