DISPOSITIVA
Es por lo que este TRIBUNAL UNIPERSONAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: ADMITIR TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en contra del acusado RONAL GRABIEL GONZALEZ ARIAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-23.601.249, nacido en fecha 01/09/1992, de 19 años de edad, soltero, natural de Guasdualito, Estado Apure, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio Corocito, calle principal, casa sin número, Guasdualito estado Apure, por la presunta comisión del delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de Juan Ernesto Piñero Rivas.
SEGUNDO: ADMITIR PARCIALMENTE las pruebas presentadas por el Ministerio Público por ser lícitas, lega.....