Es por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: ADMITIR PARCIALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de Guasdualito, en contra de los FREDDY MORA SÁNCHEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-16.742.137, natural del Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 03-07-1984, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de Freddy Mora y Laurelina Sánchez, residenciado en el kilómetro 23, casa sin número, carretera principal El Nula- La Victoria, Estado Apure, y/o Tocuyito, Valencia, Estado Carabobo y BLANCA INES ANGARITA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-16.420.540, natural del Nula, Estado Apure, nacida en fecha 20-04-1982, de estado civil soltera.....