AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana YOJAIRA YOVANINA BARRIOS DE FORGIONE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.324.123, para que en su condición de madre y representante legal del niño YOVANNY VICENTE FORGIONES BARRIOS la venta de la cuota parte del inmueble ubicado en la Calle Queseras del Medio, signada con el Nº 37 de esta Ciudad de San Fernando, Estado Apure, cuya área de terreno constante de OCHO METROS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS DE FRENTE POR DOCE METROS CON NOVENTA CENTIMETROS DE FONDO (8,84X12,90 Mts), alinderado de la manera siguiente: NORTE: Casa de Josefa de Fernández; SUR: Casa de Antonio López; ESTE: Calle Queseras del Medio, y OESTE: Solar de la familia Pereira; advirtiéndosele, que deberá consignar en cheque NO ENDOSABLE a nombre de este Tribunal el cual corresponde al niño sujeto en la presente causa, en un lapso de quince (15) días contados a partir de la fecha en que se efectúe la operación de compra-venta, para la.....