la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: ANA ISABEL LIMA MATUTE, OFELIA MARGARITA LIMA DE SALAZAR, LELIA OMAIRA LIMA DE RONDON, ELISA BEATRIZ LIMA MATUTE, RAFAEL ANGEL LIMA MATUTE, ELBIA ROSA LIMA MATUTE, ANTONIO JOSE LIMA MATUTE, JOSE LUIS LIMA MATUTE y ISMENIA DAMELIZ LIMA MATUTE. Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 4.671.579, 4.671.643, 4.671.644, 8.153.730, 6.763.785, 4.999.516, 8.197.603, 9.596.902 y 10.621.611, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS de los Decujus: BERNARDA ISABEL MATUTE DE LIMA y RAFAEL ANGEL LIMA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a los Solicitantes.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, del.....