este Juzgador considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, del Acta de Defunción, la Actas de Nacimiento, y copia de la Cédula de Identidad, acompañadas a la Solicitud, sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos: ORLANDO DE JESUS MONTOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad NºV-19.471.340, y DIONNY XIOMARA FALCON MELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-7.290.762, de este domicilio, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastantes y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos ORLANDO DE JESUS MONTOYA y DIONNY XIOMARA FALCON MELO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°s V-19.471.340 y V-7.290.762, de este domicilio, e.....