DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCILAMENTE CON LUGAR LA PRESUNCION DE ADMISION DE LOS HECHOS, de la demanda que por Prestaciones Sociales incoara la ciudadana CARMEN MERCEDES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 21316.376, con domicilio en la Calle 13 de Septiembre, casa Nº 21 en esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure contra el Fondo de Comercio PANIFICADORA CRISTAL, inscrita en el Registro Mercantil del Estado Apure, bajo el Nº 41, tomo 28-A, de fecha 20 de mayo de 2004, representada por el ciudadano HEKMAT MENNAWI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 16.675390, con patronal Urbanización El Tamarindo de esta ciudad de ciudad de San Fernando.....