Vista la diligencia que antecede, suscrita por los ciudadanos Abg. LUIS ALBERTO ROSALES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.871.816, en su carácter de parte intimante, y el ciudadano JOSE LUIS MOTA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.851.965, parte intimada en el presente juicio, mediante el cual acuerdan en celebrar el siguiente convenio de pago descrito de la siguiente manera, PRIMERO: En el mismo acto se canceló por parte de la intimada, la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00) mediante un cheque del Banco Mercantil, Nro. 45213239, de una cuenta corriente Nº 010550070201070233692, con fecha 19 del agosto del 2015, los cuales se aceptaron por la parte intimante, solicitando al Tribunal se homologue el presente convenimiento. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Esta.....