PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano GARCIA GRATEROL HENRY ELEOMAR, venezolano, mayor de edad, natural de San Fernando Estado Apure, nacido el 14-12-1979, casado, de profesión u oficio Funcionario Público, titular de la Cédula de Identidad Nª 13.937.116, residenciado en la Urbanización San Fernando 2000, calle comercio, manzana "A", casa N° 4, Parroquia Puerto Miranda, Municipio Camaguan, Estado Guárico; por considerar que es responsable de la comisión del delito de USO INDEBIDO DE INFORMACION CONFIDENCIAL, previsto y sancionado en el artículo 66 de la Ley Contra la Corrupción, a cumplir la pena de DOS (02) años y SEIS (06) meses de prisión, así mismo se condena a las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal; exonerado de las costas procesales conforme a lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: INOCENTE, al ciudadano GARCIA GRATEROL HENRY ELEOMAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nª.....