La Nulidad absoluta del acto de aprehensión policial de que fuera objeto el ciudadano ANGEL RAMÒN CÒRDOVA, titular de la cédula de identidad 10.623.365, nacionalidad venezolana, nacido el 12-12-65, natural de Mantecal, Municipio Muñoz de 48 años, hijo de María Teresa Còrdova (v) y Pedro Apolón Hernández (D) estado civil soltero, ocupación Chofer, residenciado en Santa Rosalía de Palermo, Barinas Barinas, tercera calle Nº 87, cerca de un módulo de los Cubanos Nº telf 0416-0910051, en las Circunstancias, tiempo, modo y lugar plasmadas al acta de investigación policial de fecha 7-2-13 inserta al folio 4 y su vuelto del expediente, y que fueron llevadas a la oralidad en audiencia de presentación de imputados por el ciudadano Fiscal Quinto del Ministerio Público; y de todos los actos subsiguientes dependientes del mismo; todo de conformidad a las previsiones del artículo 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 174, 175, 179 y 180 del Código Orgánico Proce.....