Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se decreta el procedimiento especial conforme al artículo 94, de la Ley especial, así como la admisión de las precalificaciones que ha efectuado el ciudadano representante de la vindicta publica al ciudadano AURELIO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.723.355, de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, VIOLENCIA PSICOLÓGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40, 42 2ª PARAGRAFO, respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Se acuerda con lugar la aprehensión en flagrancia, en contra del ciudadano AURELIO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.7.....