Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO, el presente Convenio en la forma y oportunidad de pago convenido por los ciudadanos: MAIRELIS NAZARETH MARTINEZ LAYA y JUAN JOSÉ HIDALGO NÚÑEZ, plenamente identificados en autos, a favor del niño: (menor de edad), de conformidad con el artículo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes. En consecuencia, se impone de carácter definitivo: El obligado alimentario se compromete con la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs.6.000, oo) mensuales, para gastos de alimentos. Cubrirán ambos progenitores el 50% para gastos de medicinas, cuando sea requerido por el niño. También cubrirá un Bono Especial de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs.30.000, oo) para .....