En virtud de los motivos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin lugar la pretensión interpuesta en fecha 25-4-2016, por los Abogados: José Gregorio Rivero y José David Rivero, Defensores Privados de las ciudadanas Alis Maritza Zapata de Aquino y Gardelia del Carmen Zapata Colmenares, contra la decisión dictada y publicada el 7-4-2016, por el Juez 1º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. David Quintero, mediante la cual se acordó mantener formalmente imputadas a las ciudadanas antes mencionadas, por la presunta comisión del delito Desacato a la Autoridad, previsto en el artículo 270 de la Ley para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del niño (se omite identidad.....