REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES
San Fernando de Apure, 17 de octubre de 2006
196° y 147°
Visto los autos en mi condición de Juez Superior y ponente de la presente por distribución que me correspondiera en fecha 29 de Septiembre de 2006, manifiesto mi voluntad de inhibirme por cuanto se evidencia de los folios 1440 al 1443 de la pieza siete (07), decisión dictada en fecha 30 de Julio de 2002, de la Corte de Apelaciones en Sala Accidental, en la cual fui ponente en virtud del recurso de apelación interpuesto en esa oportunidad, es por lo que encontrándome subsumido en una de las causales previstas en el artículo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual establece "...Por haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella, o haber intervenido como fiscal, defensor, experto, intérprete o testigo, siempre que, en cualquiera de estos casos, el recusad.....