IV
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta SALA ÚNICA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: SIN LUGAR ambas apelaciones, formulada la primera por el abogado Pablo de la Cruz Parra Almao en su condición de defensor de los imputados de autos, y la del abogado Melanio de Jesús Trejo en representación de la victima querellante, en consecuencia, queda CONFIRMADA la decisión dictada en fecha 22-09-2006, por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual condenó a los ciudadanos FRANKLIN ABELARDO RUIZ JIMÉNEZ, WILLIAMS ALEXANDER RUIZ y JOSÉ GREGORIO CAMACHO, a cumplir la pena de Cuatro (04) Años de Prisión por la comisión del delito de CONDUCCIÓN ILÍCITA DE GANADO VACUNO EN GRADO DE AUTORÍA, previsto y sancionado en el artículo 12 ordinal 2º de la Ley de Protección a la .....