Primero: La Nulidad de la acusación presentada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público, en contra del ciudadano ORLANDO DANIEL BLANCO, titular de la cedula de identidad N° 18.015.875, por considerar que con el cambio de calificación realizado por la vindicta publica en audiencia del día de hoy, se vulnera los derechos de los imputados de autos, establecidos en el articulo 49 numeral 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 125 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, todo conforme a lo señalado en el articulo 190, y 191, ejusdem, a los fines de garantizar el derecho a la defensa e igualdad entre las partes.
Segundo: Se retrotrae el proceso a los efectos de que la Fiscal Segunda del Ministerio Público, realice nuevamente el acto de imputación al ciudadano ORLANDO DANIEL BLANCO, titular de la cedula de identidad N° 18.015.875, el cual a solicitud del Ministerio Público tendrá lugar en sede fiscal en fecha 07-08-2010, a las 02:00 pm, fecha de la cual.....