DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: De conformidad con el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE LA TOTALIDAD DE LA ACUSACION, interpuesta por el Ministerio Publico en contra del ciudadano: CASTRO FARFAN RAFAEL EDUARDO, titular de la cedula de identidad N° 14.947.221, nacido el 30-09-1977, hijo de Maria Farfan (v) y Nelson Castro (v) residenciado en la Población del Saman, calle Comercio, casa s/n, a tres casa del Hotel Media Naranja y a una casa del taller donde reparan bicicletas. Municipio Achaguas. Estado Apure, por el delito de Homicidio Culposo, y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 409 y 277 del Código Penal Venezolano vigente para el momento en que sucedi.....