DECISION
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en atención a la dilación procesal evidente por parte del Ministerio Público, estima que los supuestos que motivan la privación judicial preventiva de libertad del ciudadanos RAVELO ARANGUREN EDEL JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.578.414, soltero, natural de Maracay. Edo. Aragua; de profesión u oficio comerciante, residenciado en el Sector El Guasito II, calle principal, casa N° 67; pueden ser satisfechos razonablemente con la aplicación de una medida menos gravosa y se impone en su lugar la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD CON PRESENTACIONES PERIODICAS, CADA OCHO (15) DIAS, por ante el Area De Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.....