Se CONDENA al ciudadano: MARYURI ANAYARANDU JIMENEZ MEJIAS, titular de la cédula de identidad N° 14.520.778, ROSA BEATRIZ PARRA PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 19.325.817, y ELIDA BETZI PADRINO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° 12.154.130, por el delito en la Distracción De Fondos Públicos En Beneficios Propio, previsto y sancionado en el art. 74 de la Ley Contra la Corrupción, a: Dos (02) AÑO DE PRISIÓN. Se condena igualmente a las ciudadanas MARYURI ANAYARANDU JIMENEZ MEJIAS, titular de la cédula de identidad N° 14.520.778, ROSA BEATRIZ PARRA PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 19.325.817, y ELIDA BETZI PADRINO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° 12.154.130, a pagar por vía de multa la cantidad de Seis Mil Bolívares Fuertes (6.000,00) mas el 12% de interés, para un total de Seis Mil Setecientos Veinte, (6720,00) bolívares fuertes, teniendo que ser cancelados la cantidad de Dos Mil Doscientos Cuarenta (2240,00) Bolívares fuertes, por parte .....