este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según se evidencia en documento registrado ante la oficina de Registro Publico del Municipio San Fernando, estado Apure, en fecha 06 de mayo de 2.013, bajo el Nº 2013.1441, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 271.3.6.1.10345 y correspondiente al libro de folio real del año 2013, presentado en original para su vista y devolución, dicho terreno consta de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150,00 M2), ubicado en "LA GUAMITA II", Municipio San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: CALLE PRINCIPAL, EN DIEZ METROS (10,00 Mts); SUR: LAGUNA, EN DIE.....