PRIMERO: Se declara NO CULPABLE, al ciudadano MAIKOL RAFAEL GARRIDO SOLORZANO, titular de la cédula de identidad N° 25.524.489, venezolano, mayor de edad, natural de Arichuna. Municipio San Fernando, estado Apure, nacido el 05-04-1993, de 33 años, hijo de Santa Marilis Solórzano (v) y Rafael David Garrido (f) de profesión u oficio Agricultor, residenciado en el sector Diamantico, vía Arichuna, casa s/n al frente del puesto Fluvial. Municipio San Fernando. Estado Apure, por el delito de PERPETRADOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 numerales 1°, 2°, 3°, 10° Y 12 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, concatenado con el artículo 83 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de NAVAS GONZÁLEZ CARLOS ENRIQUE y como consecuencia de ello se ABSUELVE, al acusado de autos, por la comisión del delito antes descrito, todo ello en concordancia con lo establecido en el artículo 49 numeral 2º de la Constitución de la Rep.....