DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ACUERDA MANTENER LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA dictada en fecha 06-01-2011, y vista la petición de la defensa LA MODIFICA BAJO CAUCIÓN JURATORIA, MODIFICANDO LA DE FIANZA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 259, en relación con el 264 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y EN TAL SENTIDO SE EXIME DE LA PRESENTACIÓN DE FIADORES, al imputado NOEL DE JESUS RAY ARAUJO, titular de la cédula de identidad Nº 9.869.605, nacido el 18-06-66, de 44 años de edad, residenciado en: Llano Fresco, calle principal, casa Nº 131, cerca de la Iglesia Paraíso Celestial Nº 1, hijo de Ligia Isabel de Aray y Fermín Conde Aray, profesión u oficio, Mecánico; manteniéndose los otros .....