este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, teniendo como norte el Interes Superior del Niño consagrado en el articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 177 Eiusdem, paragrafo Segundo literal "l", DECLARA PROCEDENTE, la presente solicitud de Autorización Judicial de Constancia de Manutención, incoada por la ciudadana Milagros Yecenia Arana Salas, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.924.788, actuando en beneficio de sus sobrinos José Andrés y Diego Andrés Arana Salas, domiciliada en Guasdualito. Municipio Páez del Estado Apure. Asistida por el Abg. Vilma Vielma, Defensora Pública Adscrita al Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia se DEC.....