Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurias construidas en un lote de terreno constante de CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS CON CERO CENTIMETROS (130,00 M2), propiedad Municipal, ubicado en el "Recreo" Sector la Milagrosa", de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure; comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Casa de Jesica Daza, en (12,50 Mts.); SUR: Parcela de Fanny Ceballo, en (12,50 Mts.); ESTE: Casa de Carmen Bolívar, en (10,40 Mts.); y OESTE: Calle en Proyecto, en (10,40 Mts.), Dichas bienhechurias constan de: Dos (02) habitaciones, Un (01) baño, una (01) sala-.....