DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: se CONFIRMA el fallo en consulta con modificaciones, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, dictado en fecha trece (13) de enero de 2023, el cual declaró Parcialmente Con Lugar la acción intentada por el ciudadano DAVID ANTONIO CUERVO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.152.494, representado por el abogado Wilfredo Chompré, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.179, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN. SEGUNDO: SE CONDENA al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, a pagar al ciudadano DAVID ANTONIO CUERVO DELGADO, ampliamente identificado en autos, los siguientes conceptos: Antigüedad Nuevo Régimen. Articulo 142 LOTTT, .....