Es por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide PRIMERO: Cesar las Medidas Cautelares Sustitutivas decretadas por este Tribunal en fecha 05 de Mayo de 2.008 , en contra de los imputados RENATO EDUARDO JOSÉ ALVAREZ MAICA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.948.771, soltero, estudiante, natural de San Fernando Estado Apure, residenciado en el Sector La Palma, casa S/N, Guasdualito, Estado Apure, y JESÚS RAMÓN PÉREZ PÉREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.845.374, soltero, estudiante, natural de Guasdualito, Estado Apure, residenciado en la Avenida Neptalí Quintero, casa S/N, frente a Taxis La Periquera, Guasdualito, Estado Apure, incursos en la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancio.....