este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a favor del Ciudadano: BELKYS JOSEFINA AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.167.936, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre una bienhechuría que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal, conformadas por Cuatro (04) dormitorios, Dos (02) Baños con todos sus accesorios, una (01) Sala-comedor, un (01) recibo, Una (01) Cocina empotrada, un (01) lavandero, un (01) Porche, Paredes de Bloques de cemento frisada totalmente, piso de cerámica, techo de la vivienda de platabanda, un (01).....