declara:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO, instaurada por el ciudadana ANA AGRISPINA OJEDA , Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 9.876.195, en contra de su legitima cónyuge JUAN ANTONIO HERNANDEZ MEZA, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 8.148.904, según la causal 3° del Artículo 185 del Código Civil que nos indica el Excesos, Sevicias e Injurias que hagan imposible la vida en común, en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial que los unía. Y ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDA: En cuanto a la Obligación Alimentaria, queda establecida en CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 160.000,oo) mensuales a partir del 15-10-06, más aportes extras de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo) en el mes de Septiembre y CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs, 400.000,oo) en el mes de Diciembre, a fin de cubrir gastos del adolescente en inicio de actividades escolares y fechas decembrinas, sumas que serán depositadas directamente .....