DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, declara con lugar la solicitud del Fiscal y decreta la DESESTIMACION DE LA DENUNCIA, interpuesta por la ciudadana FLOR MARYIRA PAEZ BLANCO, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, de profesión u oficio enfermera, titular de la cédula de identidad Nº 11.760.236, residenciada en el Barrio San Luis, calle principal, casa s/n (bajando por el Pre-escolar, a cinco casas del mismo), en contra de YESSICA BELTRAN, MARIA ANTONIA BELTRAN, ANTONIO HIDALGO y otros, por el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 175 del Cód.....