DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR la solicitud que formulara el ciudadano: GALLARDO LOPEZ LUIS ALFREDO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la Cedula de Identidad Personal Nº 16.977.464, actualmente recluido con Privación Judicial Preventiva de Libertad en el Internado Judicial de San Fernando de Apure a la orden de este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, acusado en la presente causa; mediante el cual pidió, por intermedio de los ciudadanos: Director y Consultor Jurídico del Internado Judicial de San Fernando de Apure, de este Tribunal, acordara su traslado hasta el servicio de UROLOGÍA, Ubicado en el Edif.. La Nonna, de esta ciudad, con la finalidad de ser evaluado por el medico Especialista; en consecuenci.....