este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Primero: DECRETA LA PRESCRIPCIÓN DEL RESTO DE LA PENA , de un (01) año, un (01) mes, quince (15) días, de los dieciséis (16) meses de prisión, más las accesorias impuesta al penado EDWIN ALBERTO CÉSPEDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-19.463.263, nacido en Guasdualito, Estado Apure, hijo de de Magali Céspedes y Jhon Jairo Calle, residenciado en el barrio Los Corrales, diagonal al Hotel El dorado, Guasdualito, Estado Apure, condenado por la comisión del delito de Lesiones Graves, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal vigente para cuando ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de Jhonatan Efraín Bravo. En consecuencia, se extingue la Ejecución de la pena, qu.....