DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: ACUMULAR la causa 1E-1547-08, por la cual fue sentenciado el penado JOSE CIRILO GUILLEN GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.162.575, fecha de nacimiento: 05-03-1969, residenciado en la Avenida Miranda, detrás de la sede de la Emisora de Radio 92.9, Casa Nº 03, Municipio San Fernando, Estado Apure, a cumplir la pena de Dos (02) Años, Ocho (08) Meses y Veintisiete (27) Días de Prisión, por el delito de Trafico Ilícito en la Modalidad de Distribuidor Menor de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 10 numeral 31, tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; a la causa 1E-2439-12, en la cual fue condenado a cumplir la pena de de Dos (02).....