En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano LAUREANO ANTONIO GÓMEZ ARTAHONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.375.906, nacido en Guasdualito, Estado Apure, en fecha 17-12-1985, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico Automotriz, residenciado en el Barrio Morrones, cerca del negocio Chaca Chaca Hernández, Guasdualito, Estado Apure, hijo de Neila Artahona y Pedro Gómez, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana GLADIS MARÍA CASTILLO CASTILLO, todo de conformidad con el artículo 93 d.....