DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, el Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano JUAN BACILIO ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº 8.412.806, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, de 47 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, natural del vecindario La Rompia Rió Arauca, Estado Apure, con domicilio en el Barrio Mereyal, calle Paseo "Alma Llanera" a orillas de Rió Arauca, casa S/N de color blanco, en la Población de Elorza, Municipio Rómulo Gallegos, Estado Apure, por la comisión del delito de Caza Ilícita o Recolección de Productos Naturales de la Fauna Silvestre, previsto y sancionado en el articulo 59 Parágrafo Único de la Ley Penal del Ambiente, en concordancia con lo.....