DISPOSITIVA
En virtud de la fundamentación anterior, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en funciones de Control Nº 2, califica la flagrancia conforme a las previsiones del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber sido aprehendido el imputado a poco de haberse cometido el hecho informado por la víctima a los funcionarios policiales, quienes emprendieron su búsqueda siendo hallado éste con un objeto relacionado con el delito (celular) y dicta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, establecida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano Renys Gabriel Cordoba, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 16.537.459 y residenciado en la Carretera Nacional Municipio Achaguas, sector Lechozal, frente a la nueva Planta de Energía, por la comisión del delito de robo genérico, previsto y sancionado en el Artículo 455 del Código Penal vigente, en perjuicio del ci.....