este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano MANUEL HIPOLITO HURTADO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 16.465.859, fecha de nacimiento 11 de noviembre de 1951, lugar de nacimiento Insmina, Chocó, República de Colombia, de 56 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio obrero, residenciado en la población del Aparo a 50 metros del Cabotaje, Guasdualito, Estado Apure, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 4 numeral 16 de la Ley Sobre el delito de Contrabando, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se acuerda que siga el proceso siguiendo el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad a lo establecido en el artíc.....