Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en un lote de terreno constante de OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (800,00 M2), propiedad Municipal, ubicado en la "Urbanización La Guamita II", calle Rió Claro, casa N° 5", del Municipio San Fernando del Estado Apure; comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Vereda, en (20,00 Mts.); SUR: Orlando Espinoza, en (20,00 Mts.); ESTE: Irma Sánchez y Jovita Espinoza, en (40,00 Mts.), y OESTE: Terreno de Marlene Solórzano, en (40,00 Mts.), constando las mismas de: Una (01) casa de habitación familiar .....